Entre usar el copyright y ceder todos los derechos del copyright publicando todos los contenido de tu blog bajo dominio público tienes varias opciones intermedios. Las licencias no comerciales, como tres de las que ha creado Creative Commons, permiten el uso libre del contenido sin cobrar por ello, pero en caso de que se use la obra para fines comerciales es necesario pedir permiso al autor del texto, imagen, vídeo, etc. La dificultad con este tipo de licencia es que resulta complejo definir cuando el uso del material es o no es comercial. Algunas personas dicen que la restricción es sólo cuando la persona paga por una copia de esa imagen, texto o documento, mientras que otras personas incluyen también los beneficios comerciales que se pueden obtener por servicios que están junto al contenido, como por ejemplo el uso de la publicidad contextual de AdSense u otro sistema similar. ¿Quien tiene razón? ¿Cuando es conveniente usar una licencia no comercial de Creative Commons?
La discusión de que es lo que cubre la palabra comercial está en vigor, ya que tenemos diferentes definiciones para ella. Desde Creative Commons se considera que se refiere a la venta de copias del material, o la inclusión dentro de una obra derivada que se vende. De esta forma, la publicidad en un blog, seria posible, y más cuando el dinero que se obtiene aporta pequeños ingresos que permiten pagar el hosting, el dominio y poco más. Otras opiniones más conservadoras están en desacuerdo, ya que aunque el servicio sea gratuito para el lector, la inclusión de anuncios que reportan beneficios se considera un uso comercial. En última instancia es el juez el que decide que se considera un uso comercial y en que casos puede ser sancionada la persona por considerar que la motivación de la persona es la de lucrarse. La cantidad del dinero ganado en el blog o página Web, y el tipo de entidad que ha realizado la infracción serán puntos importantes a la hora de determinar si el blog está dentro o fuera de la legalidad. Aparte debes considerar cual de las licencias de Creative Commons se adapta más a tus necesidades.
Licencia Creative Commons NoComercial (by-nc): Si la usamos en nuestra página Web estamos permitiendo cualquier uso del material que tenemos siempre que no sea comercial. De esta forma se impide por ejemplo el uso de un artículo por parte de un periódico si antes no nos piden permiso para ello, pero se permite el uso (por ejemplo) de ese material para realizar una charla divulgativa sin ánimo de lucro, o como material didáctico para una clase de inglés o de informática. También se permite la generación de obras derivadas, pero no se puede hacer de ellas un uso comercial libre. Para vender una copia de la fotografía, publicar un texto o cualquier otra actividad comercial es necesario pedir el permiso al autor. Y no te olvides de nombrar al autor, algo que es imprescindibel
Licencia Creative Commons NoComercial - CompartirIgual (by-nc-sa): La fotografía o texto no permite obras derivadas y la licencia debe situarse detrás las cámaras.No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
Licencia Creative Commons NoComercial - SinObraDerivada (by-nc-nd): Sólo se cede el permiso para la realización de copias o uso público de la obra original, y con la condición de que se cite al autor y no tenga un uso comercial. Para crear materiales derivados u otras opciones es necesario contactar con el autor de la imagen, del blog, etc. Y también se debe pedir permiso para generar obras derivadas.
La discusión de que es lo que cubre la palabra comercial está en vigor, ya que tenemos diferentes definiciones para ella. Desde Creative Commons se considera que se refiere a la venta de copias del material, o la inclusión dentro de una obra derivada que se vende. De esta forma, la publicidad en un blog, seria posible, y más cuando el dinero que se obtiene aporta pequeños ingresos que permiten pagar el hosting, el dominio y poco más. Otras opiniones más conservadoras están en desacuerdo, ya que aunque el servicio sea gratuito para el lector, la inclusión de anuncios que reportan beneficios se considera un uso comercial. En última instancia es el juez el que decide que se considera un uso comercial y en que casos puede ser sancionada la persona por considerar que la motivación de la persona es la de lucrarse. La cantidad del dinero ganado en el blog o página Web, y el tipo de entidad que ha realizado la infracción serán puntos importantes a la hora de determinar si el blog está dentro o fuera de la legalidad. Aparte debes considerar cual de las licencias de Creative Commons se adapta más a tus necesidades.
Licencia Creative Commons NoComercial (by-nc): Si la usamos en nuestra página Web estamos permitiendo cualquier uso del material que tenemos siempre que no sea comercial. De esta forma se impide por ejemplo el uso de un artículo por parte de un periódico si antes no nos piden permiso para ello, pero se permite el uso (por ejemplo) de ese material para realizar una charla divulgativa sin ánimo de lucro, o como material didáctico para una clase de inglés o de informática. También se permite la generación de obras derivadas, pero no se puede hacer de ellas un uso comercial libre. Para vender una copia de la fotografía, publicar un texto o cualquier otra actividad comercial es necesario pedir el permiso al autor. Y no te olvides de nombrar al autor, algo que es imprescindibel
Licencia Creative Commons NoComercial - CompartirIgual (by-nc-sa): La fotografía o texto no permite obras derivadas y la licencia debe situarse detrás las cámaras.No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
Licencia Creative Commons NoComercial - SinObraDerivada (by-nc-nd): Sólo se cede el permiso para la realización de copias o uso público de la obra original, y con la condición de que se cite al autor y no tenga un uso comercial. Para crear materiales derivados u otras opciones es necesario contactar con el autor de la imagen, del blog, etc. Y también se debe pedir permiso para generar obras derivadas.
Imagen: creada por el autor del blog, en dominio público.
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